El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Santander, hoy en funciones de guardia, ha acordado la prisión provisional comunicada y sin fianza del joven detenido por la agresión sufrida el pasado jueves por un médico en el Centro de Salud de Los Castros de Santander.
En un auto notificado este mediodía tras el paso a disposición judicial del detenido, que se ha acogido a su derecho a no declarar, el magistrado considera que hay “motivos bastantes para creer responsable criminalmente de los hechos” al investigado, pues ha sido reconocido en comisaría por los dos perjudicados –el médico y un celador, contra el que, presuntamente, primero reaccionó el detenido cuando se le dijo que debía acudir a su centro de salud para ser atendido de una afección leve.
Esa versión también está respaldada por dos enfermeros, que se encontraban presentes en el lugar cuando el investigado acudió al centro de salud para ser atendido.
Según todos ellos, el joven “reaccionó violentamente contra el celador, al que golpeó, y posteriormente al médico, que acude en auxilio del anterior, al que agrede salvajemente”.
Concurren requisitos para privarle de libertad
La resolución del magistrado razona que concurren elementos que justifican la medida restrictiva de la libertad personal del detenido.
De un lado, los hechos que figuran en la denuncia podrían ser constitutivos de un delito de atentado y de otro de lesiones, incluso éstas agravadas, a la vista del parte de urgencias del agredido.
“La mecánica descrita en la denuncia y en las declaraciones tomadas por la policía al perjudicado y a los testigos, en donde el investigado derriba al médico facultativo de un cabezazo y, ya en el suelo, le propina hasta nueve golpes con el puño cerrado en la zona del rostro, podría justificar perfectamente la agravación que la defensa cuestiona, por la saña y redundancia del ataque, y por el peligro ínsito de la acción, pues todos los golpes van dirigidos a la zona de la cabeza, afectando severamente a un órgano tan relevante como el ojo”, señala en su auto.
Junto a ello, concurre también otro requisito de la prisión provisional, el de asegurar la presencia del imputado en el proceso, evitando el riesgo de fuga.
En este sentido, señala el auto que “se estima concurre esta circunstancia por la elevada pena que pudiera imponerse” y también “por haber estado el investigado en paradero desconocido una semana”. “Ello ya evidencia la escasa disposición a someterse al procedimiento y sus resultas”, añade.
Finalmente, con esta medida restrictiva también se trata de evitar que el investigado pueda seguir actuando contra bienes jurídicos de las víctimas. Y es que, a juicio del magistrado, “este riesgo es especialmente acusado a la vista de la desprotección manifiesta en la que los dos perjudicados se encuentran”, y es que “son relativamente frecuentes las denuncias por agresiones, insultos y amenazas a profesionales de la salud en el SCS”.
El auto del Juzgado de Instrucción nº 4 de Santander no es firme y contra el mismo cabe recurso de reforma ante el mismo órgano y/o de apelación ante la Audiencia Provincial de Cantabria.