Lotería de Navidad: fraudes que pueden sufrir los consumidores con sus décimos

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FACUA  •         

Ante el próximo sorteo de la Lotería de Navidad este jueves 22 de diciembre, FACUA-Consumidores en Acción alerta a los usuarios ante los fraudes que pueden sufrir con sus décimos o participaciones. Entre los más habituales está la compra de billetes con el reclamo de que se ahorrarán el pago de los impuestos correspondientes o bien con el de la entrega de cantidades superiores por parte de los posibles compradores.

Esta compra resulta ser una práctica fraudulenta que tiene como objetivo blanquear dinero negro, y por tanto, se trata de un delito. Además, supone una infracción tributaria para el agraciado. FACUA señala que, en caso de inspección, será muy complicado acreditar el origen de los fondos, pudiendo acarrerar un acta que ocasionará una importante sanción.

¿Qué hacer si se recibe una oferta de este tipo? La asociación aconseja a los usuarios agraciados que deben poner estas prácticas en conocimiento de la Policía Nacional o la Guardia Civil, ya que suponen un fraude a la Hacienda Pública española, además de una trampa que puede provocar la pérdida de más de la mitad del importe ganado.

FACUA advierte de que de ser multado por la comercialización del billete premiado, la sanción a la que se enfrentan los usuarios puede superar en más de la mitad el importe ganado, mientras que el defraudador que compre el décimo en cuestión sí podrá acreditar el carácter lícito del dinero mediante el boleto.

¿Cuál es el plazo para cobrar el premio?

Otra irregularidad a la que se enfrentan los usuarios de cara al sorteo de la Lotería Nacional en Navidad tiene que ver con la participación y la demanda de décimos. En concreto, el dar sólo quince o treinta días para cobrar las participaciones.

FACUA recuerda que las participaciones de la Lotería de Navidad no pueden fijar para el cobro de los décimos premiados un plazo inferior a los tres meses establecidos en la normativa. Así lo contempla la Instrucción General de Loterías, que, en su artículo 22, indica que «el derecho al cobro de premios caduca a los tres meses, contados desde el día siguiente al del sorteo a que correspondan».

De este modo, la venta de participaciones de lotería vendidas por asociaciones, empresas o peñas también está sujeta a esta normativa, por lo que, sea cual sea el plazo indicado en ellas, FACUA recuerda que los emisores de las participaciones no pueden negarse a abonar los premios alegando que se indicaba que el plazo era inferior a lo que en realidad marca la legislación.

Por otro lado, la asociación avisa de que puede darse la situación de que los responsables señalen ahora, una vez premiado, que han vendido más participaciones de las que correspondían a un décimo. FACUA señala que los particulares o empresas que de forma fraudulenta hayan dispensado más de las correspondientes a un único décimo, están obligados por ley a pagar la totalidad del posible premio a cada uno de los participantes.

¿Décimos compartidos o errores al imprimir las participaciones?

Si una vez realizado el sorteo de la Lotería de Navidad, los responsables indican que el número impreso era erróneo, cuidado porque es un fraude. FACUA advierte de que, en caso de que la entidad que haya vendido las participaciones cometiera un error al sacarlas en papel, los consumidores pueden exigirles que asuman el pago de los premios, salvo que con suficiente antelación al sorteo se hayan llevado a cabo medidas suficientes para aclarar el fallo.

La asociación recuerda que se trata de un conflicto que puede ser denunciado para que los tribunales de justicia clarifiquen si hay que abonar o no los premios de participaciones con errores.

¿Qué pasa si se compartía el décimo? En el caso de compartir décimos con familiares, amigos o compañeros de trabajo, la asociación advierte de que para demostrar que se compartían, lo mejor es tener impreso el décimo con los nombres y firmas de los participantes. Asimismo, puede servir también como prueba el cruce de correos electrónicos o mensajes de WhatsApp o Telegram por parte de los participantes, aunque dependerá de que el contenido de los mismos deje claro que todos habían compartido el décimo.

Se mantiene la misma tributación: a partir de los 40.000 euros

FACUA recuerda que la tributación se mantiene igual que en el último sorteo. Los premios de la Lotería de Navidad están exentos de impuestos siempre que no sean mayores de 40.000 euros. A partir de esa cuantía el gravamen será del 20%, pero sólo por la cantidad que supere el máximo exento.

La tributación, además, no es acumulable. Si se es agraciado por varios premios, el usuario no tendrá que pagar impuestos por ninguno de ellos mientras no superen cada uno, de forma individual, los 40.000 euros.

Ojo con los ciberdelincuentes

FACUA avisa de que el sorteo de Navidad no se libra de los denominados ciberdelincuentes. Los usuarios pueden recibir mensajes en sus correos electrónicos que, en la mayoría de los casos, les indican que supuestamente han sido ganadores y para cobrar el premio deben abonar una tasa.

La asociación recomienda no prestar atención a este tipo de correos, que lo único que buscan es estafar a la víctima para que le facilite sus datos personales, incluidos los bancarios o información de sus tarjetas de débito o crédito. Así aconseja que, en caso de haber sido víctima de este fraude, se denuncien los hechos ante la Policía Nacional o la Guardia Civil.


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