Cinco años de cárcel a un joven que intentó matar a un periodista en la redacción del diario

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Poder Judicial 

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a cinco años de prisión y al pago de una multa de 1.620 euros al joven que el 14 de julio de 2023 accedió a la redacción de La Voz de Galicia e intentó matar a un periodista.

En concreto, el tribunal lo ha considerado autor de un delito de asesinato en grado de tentativa, de un delito de daños y de otro delito de resistencia a agentes de la autoridad, con la concurrencia, en todos ellos, de la eximente incompleta de alteración psíquica y la atenuante de reparación del daño.

Además de la pena de cárcel, la Sala le ha impuesto la prohibición de aproximarse a La Voz de Galicia, a todos sus centros de trabajo, sedes y delegaciones por un periodo de cinco años. El tribunal también ha acordado la imposición de una medida de seguridad consistente en el internamiento en un centro psiquiátrico adecuado a sus padecimientos en régimen cerrado por un periodo que no podrá bajar de dos años ni exceder de cinco y que deberá cumplirse antes que la pena de prisión impuesta.

En la sentencia, los magistrados consideran probado que, tras acceder al interior de la delegación del periódico, comenzó a reprocharle a una trabajadora “que quisieran acabar con su vida publicando mentiras” y, acto seguido, “con intención de menoscabar el patrimonio ajeno, con un rodillo de cocina de madera que portaba y que llevaba oculto en la espalda, comenzó a golpear distintos objetos de la oficina, tales como monitores de ordenador, teclados, un televisor, etc.”, por lo que la empleada huyó del lugar. Al escuchar el estruendo, un periodista que se encontraba trabajando se acercó a la entrada, donde se encontró con el procesado, el cual, tras decirle «¡te mato, te mato!», con intención de acabar con su vida, levantó el rodillo de madera que llevaba y lo dirigió a la cabeza de la víctima, que logró cubrirse con su brazo izquierdo.

Posteriormente, según la sentencia, “con sostenido ánimo de causarle la muerte, de forma repentina y sin dar opción a encarar el ataque, sacó de entre sus ropas un cuchillo de cocina y, diciéndole nuevamente, de manera reiterada, que lo iba a matar, lo acometió en repetidas ocasiones con el cuchillo de arriba hacia abajo, dirigiéndolo contra su cuerpo”. El afectado, que sufrió acometidas en el tórax, en el brazo y en las manos con las que se cubría, consiguió huir en un momento en el que, hallándose casi arrinconado por el acusado, este dio un paso atrás, por lo que tuvo la oportunidad de correr hacia la calle.

Los magistrados indican que el procesado “inició un forcejeo contumaz con los agentes que iban a proceder a su detención, lanzándoles patadas y golpes cuando iban a sujetarlo por los brazos, consiguiendo, finalmente, reducirlo y vencer la oposición que ofrecía utilizando, para ello, la fuerza mínima indispensable, cayéndose al suelo uno de los agentes”, quien sufrió lesiones.

“Los instrumentos utilizados, la reiteración, la conducta del acusado expuesta durante el transcurso de la acción y las zonas del cuerpo a las que iban dirigidos los golpes y las finalmente afectadas, en particular, cuadrante superior de hemitórax derecho, región anatómica especialmente vulnerable en la que puede generar un compromiso vital en caso de penetrar en profundidad, tal y como pusieron de manifiesto los médicos forenses adscritos al Imelga en sede plenaria, llevan a considerar concurrente el ánimo de matar en la acción del acusado, sin que a ello obste el que se trate, en este caso, de lesiones superficiales”, subraya el tribunal en la sentencia. El encausado, según indica la Sala en la resolución, está diagnosticado de diferentes patologías, lo que motivó que, cuando sucedieron los hechos, sus facultades volitivas estuviesen afectadas de manera importante, manteniendo conservadas sus facultades intelectivas. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.      


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