La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha acordado proponer tres sanciones muy graves de 60.001 euros cada una y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años, a un aficionado identificado -miembro de un grupo radical y violento seguidor del Athletic Club- por quebrantar hasta tres veces la prohibición de acceso a los recintos deportivos que tenía en vigor por otra sanción grave cometida anteriormente durante la celebración de un partido de fútbol.
La Comisión Antiviolencia recuerda que la Ley 19/2007, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte recoge, en su artículo 22.1.d), como infracción MUY GRAVE de las personas espectadoras “el quebrantamiento de las sanciones impuestas en materia de violencia, racismo, xenofobia e intolerancia en el deporte”.