La Sala Penal del Tribunal Supremo ha acordado asignar al Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional la investigación de una presunta estafa de venta on-line de teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos que habría cometido una empresa de Don Benito (Extremadura), al existir cientos de clientes perjudicados y estar diseminados por todo el territorio nacional.
En un auto, la Sala resuelve de esa forma el conflicto de competencias entablado entre dicho Juzgado de la Audiencia Nacional y el Juzgado de Instrucción número 3 de Don Benito, que inició la causa, cada uno de los cuales argumentaba que era el otro el que debía encargarse de la investigación.
El Supremo, como propugnó el Ministerio Fiscal, establece que es la Audiencia Nacional el órgano competente por la complejidad de la instrucción, que no viene dada en este caso por el tipo delictivo (la defraudación) sino por el alto número de perjudicados, la diseminación de víctimas por todo el territorio nacional y la existencia de investigaciones por parte de las Comunidades autónomas (Instituto de Consumo, Consejerías, Organizaciones de Consumidores y usuarios), que hace precisa su unión y coordinación para que sea efectiva la investigación.
El Juzgado de Don Benito incoó diligencias previas por un delito de estafa a través de internet a raíz de denuncia interpuesta por una de las múltiples víctimas al haber comprado a través de la web «costomovil.es» un dispositivo electrónico que pagó y no recibió. Posteriormente se registraron cientos de denuncias similares.
El Juzgado decidió inhibirse en favor de la Audiencia Nacional argumentando que eran miles los perjudicados, procedentes de varias comunidades autónomas, con una ingente cantidad de asuntos recibidos diariamente por correo ordinario (en papel), lo que obligó a la oficina de dicho órgano judicial, que tan solo contaba con dos scanner, a realizar la laboriosa y dilatada tarea en el tiempo de incorporar al expediente digital cientos de procedimientos.
Por su parte, el Juzgado 3 de la Audiencia estimaba que la competencia era del de Don Benito porque es allí donde se encuentra el domicilio social de la empresa titular de la página web a través de la que se ha cometido presuntamente el engaño, y está próximo al domicilio de las personas investigadas (también en la provincia de Badajoz), por lo que se cumpliría el principio de «facilidad de investigación».
El Supremo se decanta por la Audiencia Nacional porque la Ley determina que conocerá de las defraudaciones que puedan producir un perjuicio patrimonial a una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia. Recuerda al respecto que el Juzgado extremeño informó de que las diligencias ya ocupan más de 250, con varios cientos de víctimas en todo el territorio nacional.