La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a cinco años y un mes de prisión por los delitos de homicidio por imprudencia grave, contra la seguridad vial y un delito de hurto en grado de tentativa a un hombre que causó la muerte a uno de los trabajadores de la plantación de cáñamo en la que entró a robar junto a otras tres personas, en agosto de 2019 en Llíria.
La sentencia, dictada después de un veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, le retira también el permiso de conducir vehículos a motor durante cinco años y medio.
La Sala condena a otro hombre, hermano del primero, a cuatro años de cárcel por un delito de robo con violencia con la atenuante de reparación del daño, así como a otros dos acusados, a los que impone cuatro meses y medio de prisión, como autores de un delito de hurto en grado de tentativa.
Los hechos ocurrieron durante la tarde del 27 de agosto de 2019, cuando los cuatro condenados acudieron a bordo de dos vehículos hasta una finca de cáñamo situada en la Partida Corral de Cantó, en el término municipal de Llíria.
Allí cogieron plantas de cáñamo por valor de 2.300 euros, que cargaron en ambos coches, y emprendieron la huida. La víctima, un trabajador de la finca, se dio cuenta de la presencia de los extraños, colocó su coche en el camino para evitar que se escaparan, y bajó del vehículo con un palo.
El primero de los turismos en el que huían los asaltantes, conducido por el hombre condenado a cuatro años por un delito de robo con violencia, golpeó al trabajador, que cayó al suelo.
El segundo coche, que conducía el principal condenado, arrolló a la víctima cuando estaba tendida en el suelo, por lo que ésta murió en el acto. El jurado popular consideró probado que este último conductor no tenía intención de causarle la muerte al trabajador.
Tras el atropello, y para intentar exculparse, los cuatro hombres denunciaron ante la Guardia Civil que les habían robado los vehículos con los que delinquieron.
Sin embargo, los agentes consideraron que esa versión era inverosímil, la descartaron desde el primer momento y no llegaron a investigar esa denuncia. Por el contrario, realizaron pesquisas contra los propios denunciantes como sospechosos del atropello.
Es por esa razón por lo que la Audiencia les absuelve del delito contra la Administración de Justicia del que también estaban acusados, al no quedar acreditados los elementos indispensables que la concurrencia de este delito.
La sentencia no es firme y contra ella se puede presentar recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.